LEX CONSUMER ha conseguido que el Juzgado de Primera Instancia 1 de Toledo anule el clausulado multidivisa del préstamo que un cliente había contratado en noviembre de 2007 con Bankinter. Este Juzgado es el encargado de resolver todos los juicios de multidivisas en esta provincia. El importe del préstamo es de 530.000 euros.
Gracias a esta sentencia, el préstamo pasará a referenciarse a euros, con un tipo de interés de Euribor + 0,50. Del capital pendiente de amortizar se disminuirán todas las cantidades abonadas por el cliente. Y además Bankinter tendrá que devolver a su cliente todas las cantidades abonadas en exceso como consecuencia de la aplicación del clausulado multidivisa. Todo ello con sus intereses legales, comisiones y gastos correspondientes.
La sentencia lleva a cabo una exhaustiva valoración de toda la prueba practicada en el acto de la vista. Se detiene en la declaración prestada por el empleado del banco, al que atribuye el “tratar de defender su propia actuación profesional”, que por otra parte es “apegada a la tesis” del banco.
Para la sentencia, “carece de credibilidad y de coherencia la aparente excelencia de la información facilitada en su contraste con la llamativa, por absoluta, inexistencia de todo soporte documental precontractual, informativo o de apoyo a una explicación verbal”. Afirma que “no es creíble que el testigo informara cumplidamente de cómo podía materializarse el riesgo de fluctuación de la divisa y, en particular, de cómo podía afectar al capital pendiente de pago, si, al mismo tiempo, no recuerda si en el caso concreto entregó o no simulaciones y no queda corroborado por prueba documental”.
Destaca la sentencia la total ausencia de información clara y comprensible para el cliente sobre los riesgos del producto. Tras efectuar un detallado análisis de los requisitos de transparencia fijados por el Pleno del Tribunal Supremo en su sentencia de 15 de noviembre de 2017, concluye que Bankinter no facilitó a su cliente esa información suficiente.
Además, la sentencia declara nulos por abusivos tanto los intereses de demora como la cláusula de vencimiento anticipado.
Puedes consultar la sentencia íntegra en este enlace: Sentencia Toledo Bankinter
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